Contratos por servicios personales
Para todo tipo de negociación es necesario que exista un contrato de por medio, para así poder establecer las normas que se deben cumplir y evitar malos entendidos o desconfianza.
Los contratos por servicios personales son un acuerdo legar entre un empleado y un contratista. En este contrato se clasifican los términos y las condiciones del empleado. De esta manera quedan en claro todas las actividades, condiciones y prestaciones que el empleado tendrá por prestar sus servicios.
En este tipo de contratos se clasifican otros puntos como:
- Términos
En el contrato de servicios personales se acuerdan los términos del contrato, es decir, las contrapropuestas que pueden ocurrir en caso de que los empleados no concuerden con las condiciones de la empresa. En algunos casos, un empleador puede no contratar a una persona a menos que acepte los términos.
- Negociación
En esta cláusula se especifican las condiciones de los trabajadores y los sueldos establecidos en los que prestará sus servicios. En este caso un abogado puede ayudar a una persona a obtener un contrato que sea de su interés.
- Advertencias
Este punto no esta establecido por escrito en el contrato, sin embargo, es importante que al negociar con un empleador sea antes que se firme el contrato. Para esto los empleados deben leer cuidadosamente los contratos y cualquier otro documento detalladamente antes de firmarlos.